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Ayer de ir por la vía judicial, hay que intentar cobrar la deuda de forma amistosa mediante un plan de pagos.
Gracias por su pronta respuesta. Pero imagino que a las personas deudoras no se les podra nombrar o afirmar el pavimento que tiene la deuda en Agrupación de comunidad, no obstante que se incurria en difamacion no es asi?
En el caso de que la situación se mantuviese, lo recomendable sería enviarle una carta recordando las deudas que tiene con la comunidad, detallando las cuotas y los importes y fechas exactos de sus impagos.
Por error pagué al día 98. La comunidad no me ha notificado en ningún momento de tener un saldo irresoluto. De hecho en la liquidación del ulterior trimestre no aparece nulo por ese concepto.
Hace tan solo unas semanas, idealista/news desvelaba en exclusiva las intenciones que Grupo Lar tenía para un inmueble ganado en una subasta pública situado en el núúnico 50 de la calle María de Molina.
Despues de 10 años en un asfalto alquilado, han aparecido chinches, probablemente imputables al inquilino
Enhorabuena por la magnífica web de «comunidadesdevecinos». El artículo es muy ilustrativo pero respecto a que el inquilino o arrendatario nunca debe pagar las cuotas comunitarias incluso habiéndolo pactado en el entendimiento de locación tengo ciertas dudas luego morosos comunidades de vecinos que si las partes libremente pactan en el contrato de arrendamiento que «el inquilino se hará cargo de las cuotas comunitarias» , éste deberá hacerles frente.
Si has llegado a la terrible situación de arrendar la casa a un arrendatario deudor, tienes que amparar la calma o, de lo contrario, podrás incurrir en acciones que te perjudiquen de cara a un futuro querella. Lo primero que hay que hacer es entender qué no se puede hacer. Nunca se puede:
Si el vecino no atiende a la deuda, se puede seguir la vía del procedimiento monitorio, y serán las entidades públicas las que notifiquen al deudor de sus responsabilidades y obliguen al pago.
Hace unos 5 meses recibí del Audiencia la demanda por impago de la comunidad, sin una notificación fehaciente de la misma. Pagué la deuda y estoy actualmente a corriente de suscripción.
mi comunidad de propietarios me reclaman una deuda de cuotas ordinarias generadas en el año 2003 y 2004, de una cuantía de 570 e en total, cuando le indicado al administrador que me desglose la deuda,(vencimiento e valía) no me ha contestado, está obligado a reclamarme dicha deuda o puede llevarme a pleito con la cuantía total sin conocer a que corresponde dicha deuda?
Los gastos de la fumigacion se acuerda en una junta que se debe hacer cargo el propietario del suelo alquilado
Antaño de requerir por la vía legal el suscripción de los gastos comunes pendientes, es preciso enviarle al deudor
Tu situación puede resolverse a través de varias actuaciones. Parece ser que se encuentra en una Comunidad donde existen diferencias entre los vecinos y donde el Administrador esta apoyando una posible discriminación cerca de alguno de los propietarios.